Archive for: septiembre 2018

#toDus actualiza a la versión Beta 0.11.20

tomado del blog: Cuba X Dentro

por: Luis Enriquez Desde su lanzamiento en junio del presente año, #toDus, la

Plataforma Cubana para Mensajería Instantánea entre dispositivos móviles, acaparó la atención llegando a alcanzar en poco más de una semana, cifras superiores a los 400 000 usuarios. Aún en fase “Beta”, la aplicación sigue en la popularidad y su equipo de desarrollo, desde la Universidad de las Ciencias Informáticas, trabaja incansablemente para lograr el desempeño óptimo del sistema. ¡Para sus seguidores hay buenas noticias!

Este jueves, desde su página oficial en Facebook, se anunció una nueva actualización disponible desde la red de datos móviles de ETECSA y también a través de APKlis, “la fuente oficial para descargar y actualizar la App.” ¿Qué trae de nuevo? Esta es la versión beta 0.11.20 con notables cambios en el diseño, haciéndolo más cómodo para terminales de pantallas pequeñas. Los grupos ahora podrán tener foto de perfil, gestionada por el administrador del mismo. También se incorporaron mejoras en la sincronización entre los contactos de #toDus y los del teléfono, así como la opción de guardar las fotos recibidas, en la carpeta “Imágenes” del dispositivo.

Otros cambios realizados, aunque no son perceptibles visualmente, contibuyen a un rendimiento más eficaz, e incorporan herramientas que permiten a los creadores recopilar información, acerca de los eventos en que la aplicación no tiene el funcionamiento esperado, con el fin de corregir las posibles fallas. #toDus sigue siendo gratis De acuerdo con la nota publicada, algunos usuarios han presentado problemas para la conexión. Al respecto, los desarrolladores recomiendan “revisar las opciones de navegación por datos móviles ofrecidas por ETECSA.” Aclaran que “el servicio de mensajería a través de #toDus continua siendo GRATUITO”, aun cuando es necesario seleccionar la “Tarifa por consumo” para que la aplicación funcione correctamente. La importancia de actualizar

Cada versión mejora y optimiza el desempeño con respecto a las anteriores. Por eso es importante que “la familia que integra #toDus, recuerde que es de vital importancia mantenerse al día, ya que todos somos parte de una muestra necesaria en esta etapa de pruebas.” Para acceder a la aplicación actualizada puede hacerlo desde los siguientes enlaces: https://www.todus.cu/update/todus.apk (Disponible de forma gratuita desde la red de datos móviles de ETECSA, preferiblemente utilizando una conexión 3G) Los jóvenes que se esfuerzan por mejorar este servicio, agradecen la colaboración de todos los usuarios. Es por eso que cada día están atentos a los comentarios que reciben en su cuenta oficial de Facebook. Si necesita más información, quiere enviar sugerencias, opiniones o compartir su experiencia con #toDus, también puede contactar con el Centro de Soporte de la Universidad de las Ciencias Informáticas, mediante el correo soporte.tecnico@uci.cu o llamando al teléfono 78373797.

Por qué se adelanta la cigüeña?

Tomado del Blog: El rincón de Yudith

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“Nunca pensé parir a esa edad, no lo planifiqué. Cuando vine a darme cuenta, estaba embarazada y, aunque no me sentía en condiciones, asumí la maternidad, a pesar de que con esa decisión se desmoronaban muchos de los sueños que a los 17 tenía”, comenta una cienfueguera de 26 años.

Su historia no es única e ilustra un fenómeno que llama la atención en el panorama demográfico cubano actual: mientras el comportamiento de la fecundidad mantiene cifras por debajo del nivel de reemplazo, muchachas entre 15 y 19 años se embarazan cada vez con mayor frecuencia.

Así lo deja ver el Anuario Demográfico de Cuba: durante 2017, 18 mil 297 niños -hembras y varones- nacieron de estas jóvenes mamás. En Cienfuegos, sumaron 558, además de otros 13 que vinieron al mundo en brazos de niñas menores de 15 años. Las cifras no son altas, es cierto, pero describen una curva ascendente en la tasa específica de fecundidad adolescente, que la Isla supera al compararla con la de otros países con niveles de fecundidad también bajos. Y bajo los números subyacen los porqués, junto a las expresiones que en lo individual y lo social tiene dicho comportamiento.

¿Por qué se adelanta la cigüeña? Y cuando lo hace, ¿qué consecuencias trae? Dichas interrogantes mueven la investigación entre demógrafos, sociólogos, psicólogos, médicos y otros especialistas, quienes pulsan el botón de alarma también ante el hecho de que la cantidad de nacimientos es menor que la de interrupciones. Tal índice deja claro que las muchachas comprendidas en esas edades acuden al aborto como método para la anticoncepción, práctica con la cual ponen en riesgo su salud sexual y reproductiva.

Como parte de una tendencia mundial, en la Isla el inicio de las relaciones sexuales tiene lugar cada vez más temprano en la vida, pero las primeras aventuras, debido al desconocimiento, a la poca percepción de riesgo o a la irresponsabilidad, casi nunca van acompañadas del uso de métodos anticonceptivos.

La investigación de la Dra en Ciencias Demográficas Matilde de la C. Molina Cintra, publicada en 2017 en la revista Novedades en Población, arroja luces sobre los porqués de este fenómeno y entre las explicaciones que busca aparece la influencia social de la familia sobre las nuevas generaciones. Al decir de la también Máster en Psicología y Profesora Auxiliar del Centro de Estudios Demográficos (CEDEM) de la Universidad de La Habana, los patrones que se repiten de generación a generación marcan esa influencia. Entre ellos, los que más se transmiten son los relacionados con la edad de inicio de la reproducción, el tipo de unión y la anticoncepción. Dicho de otro modo, es muy probable que una muchacha con madre y abuela jóvenes sea más proclive a comenzar a reproducirse también a una edad prematura.

Tal como manifiesta la profesora Molina Cintra, el embarazo adolescente –que puede desencadenar o no en la maternidad- tiene reflejos en la situación social de desarrollo de las muchachas, pero para las que se convierten en madres, la nueva condición produce una desarticulación de las actividades propias de su generación. Como consecuencia, aparecen la deserción escolar para asumir los cuidados del hijo y las tareas del hogar; se limita el tiempo para el ocio, el esparcimiento, o la comunicación e interacción con sus pares; mientras en lo psicológico se produce una pérdida de intereses cognoscitivos, intelectuales y espirituales, los cuales adquieren una dimensión temporal, inmediata y restringida a su nuevo rol de madre.

Saberse embarazada es, por lo general, una noticia feliz para la mayoría de las mujeres. Sin embargo, cuando “la cigüeña” adelanta demasiado su entrega, la nueva viene cargada de aflicción, estrés, preocupación. Urge, entonces, volver una y otra vez sobre el asunto, educar, informar, preparar a los adolescentes para que vivan esa etapa sin los sobresaltos de un evento inesperado, capaz de alterar para siempre sus vidas.

Público y notorio, por Pedro de Jesús

Fomento, Cuba

Tomado del blog: Fomento, Cuba

por Pedro de Jesús, escritor fomentense, quien comparte con Fomento en Vivo sus aportes al proyecto constitucional.

TÍTULO I. FUNDAMENTOS POLÍTICOS

  •  Eliminar párr. 32. La idea que contiene este párrafo ya está expresada, de otro modo, en el Título IV, Capítulo IV, párr. 236, donde se dice que es un deber de los ciudadanos cubanos «servir y defender la Patria». Siendo la Constitución un texto de mínimos, resulta improcedente repetir la idea en dos títulos. Además, la defensa de la patria es un deber cívico, más allá de que adquiera o tenga significado político. Por tanto, no debería reflejarse en el título que desarrolla los fundamentos políticos del Estado cubano.
  • Eliminar párr. 33 de este título y modificar su ubicación, posponiéndolo en el Título X. El contenido de la idea que desarrolla este párrafo es más propia del Título X, Defensa y Seguridad Nacional. Además, siendo que la traición a la patria no figura como delito en el vigente Código Penal, sería conveniente asegurarse, desde el propio texto constitucional, sobre el contenido y alcance que se le dará al término.
  • Modificar párr. 36. Se sugiere escribir Himno de Bayamo, en cursivas toda la expresión denominativa y con mayúscula inicial su primera palabra, porque se trata del título de una composición musical, y estas son las normas ortotipográficas que corresponde seguir para tales casos. También convendría agregar el título original de la pieza,La bayamesa, porque así la bautizó su autor, y porque así aparece asentada en el Decreto 74 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, emitido el 22 de agosto de 1980, donde se declara el 20 de octubre como Día de la Cultura Nacional

No se trata de cambiar un título por otro, sino de reconocer los dos, tanto el que se registra en el Decreto 74/1980, La bayamesa, como el que se refrenda en el anexo a la Ley 42/1983, De los Símbolos Nacionales, Himno de Bayamo. Ambas denominaciones están avaladas por su uso popular desde el siglo XIX. El artículo quedaría así: «Los símbolos nacionales son la bandera de la estrella solitaria, La bayamesa o Himno de Bayamoy el escudo de la palma real.»

  • Modificar párr. 38, sustituyendo la fuerza por la organización, porque me parece más pertinente esta palabra para un texto constitucional: «El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la organizacióndirigente superior de la sociedad y el Estado.»
  • Modificar párr. 41, añadiendo al Partido Comunista de Cuba, así: «La Constitución es la norma suprema del Estado. Todos están obligados a cumplirla. Las disposiciones y actos del Partido Comunista de Cuba y de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, se ajustan a lo que esta prescribe.» Se sugiere la inclusión porque las disposiciones y actos del PCC también deben atenerse a la Constitución. El hecho de que el PCC sea una organización política, no un órgano del Estado, no debería eximirlo de esta responsabilidad constitucional, mucho menos si, como se ha declarado antes, es la organización dirigente superior de la sociedad y el Estado.
  • Modificar párr. 42, añadiendo al Partido Comunista de Cuba, así: «El Partido Comunista de Cuba y todos los órganos del Estado, directivos, funcionarios y empleados, tienen la obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad.» Igual razonamiento que en el párrafo anterior.
  • Modificar párr. 43, haciendo los añadidos que se señalan: «El Partido Comunista de Cuba y los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, están obligados a respetar y atender tantoal pueblo como a sus representantes electos, mantener estrechos vínculos con ellos y someterse a su control, en las formas establecidas en la Constitución y las leyes.» En cuanto al PCC, igual argumento que en los dos párrafos previos. En cuanto a los representantes del pueblo electos, considero necesario incluirlos en la formulación para remarcar los derechos que se les refrendan a diputados y delegados en los párr. 365, 368, 652 y 653. Sin el empoderamiento real y efectivo de diputados y delegados ante las instituciones no se garantizaráel verdadero control ciudadano de los asuntos de gobierno.

TÍTULO II. FUNDAMENTOS ECONÓMICOS 

  • Modificar párr. 93.Del modo en que se define la propiedad privada, solo parece contraponerse a la propiedad personal (párr. 94) e, implícitamente, a la de las organizaciones políticas, de masas y sociales (párr. 92), en tanto ninguna de estas se ejerce sobre medios de producción. Pero las restantes formas de propiedad —socialista de todo el pueblo, cooperativa y mixta (párr. 89, 90 y 91)— se ejercen sobre medios de producción, aunque no aparezca explícitamente este aspecto cuando se les define. De manera que deben elegirse otros rasgos más pertinentes de la propiedad privada que permitan, conceptualmente, distinguirla de la socialista de todo el pueblo, la cooperativa y la mixta. Opino que no se resuelve satisfactoriamente el asunto añadiendo la expresión de conformidad con lo establecido. No se trata de convertir ese artículo en un tratado de economía, pero si se ha considerado que es necesario definir los tipos de propiedad, debe hacerse con un mínimo de coherencia teórica.

Título iv. Derechos, deberes y garantías

  • Añadir párr. en el Capítulo II, Derechos individuales. La Constitución nuestra debería incluir la práctica de la eutanasia como un derecho individual. Es algo muy humano, que aliviaría el dolor de muchísimas personas, tanto pacientes como familiares, y, además, ahorraría valiosos recursos humanos y materiales en las instituciones sanitarias.
  • Modificar párr. 158, añadiendo «desde el momento de la detención» u otra frase que exprese similar idea.
  • Modificar párr. 173.En mi opinión debería rescribirse así o de un modo similar: «Todas las personas tienen derecho a recibir información veraz sobre la gestión de los órganos del Estado a través de sus directivos, funcionarios y empleados, conforme a las regulaciones establecidas». Primero, porque en la redacción original no se clarificael tipo de información a que se refiere el artículo; segundo, no se precisanlos sujetos que deben garantizar el cumplimiento del derecho, y, por último, los adjetivos «adecuada y oportuna» resultan muy ambiguos y podrían prestarse para interpretaciones arbitrarias, como que un directivo, funcionario o empleado de un órgano estatal decida, por ejemplo, no brindar información porque, aviesamente, la considere «inconveniente» e «inoportuna», tal como ha sucedido durante años. Es por eso que propongo eliminar estos adjetivos.
  • Añadir párr. después del párr. 181.Debe añadirse un párrafo donde quede precisado el derecho de los ciudadanos a recibir de los medios de comunicación información veraz y completa. También otro párrafo donde se consigne explícitamente que, además de los medios de comunicación fundamentales, pueden existir otros que no sean propiedad socialista de todo el pueblo. Digo esto porque la vicepresidenta primera de la UPEC, Dra. Rosa Miriam Elizalde, aseveró hace pocoen una conferencia (transcrita por Cubadebate) que en el Proyecto de Constitución «no se cierra la posibilidad de que se reconozcan otros tipos de propiedad y gestión en la prensa, lo cual deja abierta la puerta a medios “no fundamentales” como los blogs, por ejemplo, que son de propiedad personal, u otros tipos de propiedad mediática que el Estado decida conservar por interés de la colectividad y sujetos a ley». Sin embargo, tal y como están redactados los párrafos del Proyecto relativos a la prensa no considero que se explicita esa posibilidad.
  • Eliminar párr. 191. Esos deberes se desarrollan en los párr.200 y 201.
  • Modificar párr. 192, eliminando la incidental «los que están obligados al mantenimiento del hogar y a la formación integral de los hijosmediante el esfuerzo común, de modo que este resulte compatible con el desarrollo de sus actividades sociales». Además de que esta expresión reduce el matrimonio únicamente a la finalidad reproductiva, su contenido se halla implícito en el párr. 193, donde dice que la ley regula “los derechos y obligaciones” del acto de formalización del matrimonio.¿No es la Constitución un texto de mínimos? ¿Por qué, entonces, jerarquizar una obligación del matrimonio sobre las otras que la ley regula?
  • Añadir un párr. entre el párr. 205 y el 206. Puede añadirse este, tomado de la Constitución de 1976: «El Estado organiza instituciones tales como círculos infantiles, seminternados e internados escolares, casas de atención a ancianos y servicios que facilitan a la familia trabajadora el desempeño de sus responsabilidades». Si se considera inadecuado —como dijo la presidenta de la FMC en las discusiones de la Asamblea Nacional— nombrar las instituciones porque estas, en el futuro, pudieran adquirir otras formas y denominaciones, basta con escribir: «El Estado organiza instituciones para el cuidado de niños y ancianos que faciliten a la familia trabajadora el desempeño de sus responsabilidades».Insisto en esta propuesta porque de nada vale que se instituya el derecho al trabajo en igualdad de condiciones para el hombre y la mujer, y que no se precise la forma en que el Estado lo garantizará para familias que convivan con hijos menores y/o ancianos. En las discusiones de la Asamblea Nacional, cada vez que un diputado pedía la inclusión de particularidades como estas en la redacción del documento, se insistía en que el texto constitucional debía ser un texto de mínimos. Pero estas mismas particularidades se hallaban en el texto constitucional vigente hasta ahora, y no dejó de ser la Constitución… Pienso que el Estado no debe abandonar a su suerte a muchos cubanos (sobre todo cubanas)que viven en hogares de bajísimos ingresos, sin ni siquiera el aliciente de una remesa del exterior y que, como no pueden pagar cuidadores particulares para sus niños y/o ancianos, se les hace imposible trabajar y salir del círculo de pobreza en que viven. Debemos asegurarnos desde la letra de la Constitución de que el Estado se comprometerá con ofrecer las garantías que arriba se propone añadir.
  • Modificar párr. 217, añadiendo la palabra todos, así: «El Estado garantiza el acceso y la gratuidad de todos los servicios de atención, protección y recuperación”. Sugiero esto para asegurarnos, desde el texto constitucional, de que ciertos servicios médicos no pierdan en el futuro su gratuidad, como ha quedado plasmado enla Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista: «Se cobran aquellos [servicios de salud] complementarios y de carácter no fundamental…».Los logros de la salud pública cubana, junto con los de la educación, constituyen las mayores conquistas sociales de la Revolución, y el Estado debe profundizar y ampliar los derechos asociados con esos ámbitos vitales, no reducirlos, porque en ellos radica buena parte del consenso social y político en torno a la Revolución y el Estado.
  • Modificar párr. 220, sustituyendo pregrado por posgrado, así: «El Estado garantiza a sus ciudadanos servicios de educación gratuitos y asequibles para su formación integral, desde el preescolar hasta la enseñanza de posgrado, conforme a…». La enseñanza de posgrado produce ciencia, conocimiento, y contribuye al desarrollo del país. Cursar una maestría o un doctorado no es solo una cuestión de interés personal; atañe a los intereses de la nación. Cobrar estos servicios educativos, en cualquier forma que sea, sería un retroceso.
  • Modificar párr. 222, eliminando la formación posgraduada (que se ha propuesto incluirla en el párr. 220) y añadiendo la palabra gratuita. Así: «Se garantiza la educación gratuita de personas adultas, de conformidad con las regulaciones establecidas.»

 

Título V. Principios de la política educacional, científica y cultural 

  • Modificar párr. 277, eliminando la expresión y en su contenido respeta los valores de la sociedad socialista cubana. Así: «la creación artística y sus formas de expresión son libres». Propongo eliminar la expresión porque resulta ambigua. En ningún lugar del Proyecto de Constitución se menciona cuáles son esos valores de la sociedad socialista cubana. Solo hallé, en el párr. 96 «los valores socialistas de equidad y justicia social». Pero, supongo, no son estos los valores a que alude la expresión en este otro contexto. Como tampoco son estos —o no únicamente ellos— los valores a que se refiere el párr. 197, donde se habla de que los padres deben formar a sus hijos «como ciudadanos con valores morales, éticos y cívicos, en correspondencia con la vida de nuestra sociedad socialista». ¿Son tan obvios esos valores que no hace falta especificarlos en algún sitio de la Constitución? Para mí no está claro que lo sean. De hecho, opino que los más altos valores morales, éticos y cívicos de una sociedad socialista son valores UNIVERSALES, también estimados como tales en las sociedades capitalistas (aunque muchos no los asuman ni practiquen en esas sociedades, cosa que también, por cierto, sucede en las sociedades socialistas).
  • Eliminar párr. 280 o modificarlo. El contenido de este párrafo está implícito en el párrafo anterior, donde se dice que uno de los principios de nuestra política cultural es que «vela por la riqueza artística, patrimonial e histórica de la nación y por su salvaguarda. Los bienes que conforman el patrimonio cultural de la nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables». Los «monumentos» y los «lugares notables» a que alude el párrafo 280 forman parte de la riqueza patrimonial, constituyen bienes del patrimonio cultural de la nación. ¿Por qué particularizarlos en párrafo aparte?

No obstante, si se considera necesaria esa particularización, debería modificarse la redacción del párrafo, porque la expresión «monumentos de la nación» es ambigua. No se sabe bien si la palabra monumento se utiliza en el sentido con que lo hacen los cuerpos normativos de la clasificación cubana en materia de patrimonio (Ley 2/1977 y Decreto 55/1979),y si dentro de ellos se habla solo de los monumentos nacionales, o si se incluyen también los monumentos locales,o si se utiliza la palabra monumentoen alguno(s) de su(s) sentido(s) más genérico(s) en nuestro idioma.Para evitar esta ambigüedad, sugeriría redactar el párrafo siguiendo las normativas legales cubanas sobre el asunto. Quedaría: «protege los centros históricos urbanos, los objetos, las construcciones y los sitios declarados monumentos nacionales y locales conforme a la ley».

 Título VI. Estructura del Estado  

  • La Constitución tiene una carencia injustificable. ¿En qué principios, facultades, procedimientos, etc., se sustenta la relación entre las diversas instancias del PCC (país, provincia y municipio) y sus homólogas del Estado y el Gobierno? ¿Qué puede y no puede hacer, por ejemplo, el CC del PCC o el Buró Político de ese propio órgano respecto de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Consejo de Estado, el Presidente de la República o el Primer Ministro? ¿A qué deberes se sujeta esa relación y qué derechos tiene cada una de sus partes?

Aunque el PCC sea la fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado, o justamente porque lo es, debe tener refrendado en el texto constitucional el alcance y forma en que ejercerá ese poder sobre los órganos del Estado. Porque ese «más allá» del Estado en que se sitúa al PCC no debe hacerlo inescrutable ante el pueblo, cuya soberanía se ha depositado en el Estado.

Opino, además, que, igual a la propuestade que los miembros del Consejo de Ministros no puedan formar parte del Consejo de Estado, los integrantes de las más altas estructuras de dirección del Partido (Buró Político y Comité Central) no deberían, por mandato constitucional,ser miembros de los órganos del Estado. Solo así podrá garantizarse una verdadera contrapartida y un verdadero ambiente de control.

  • Añadir un párrafo en el Capítulo I de este Título. Debería añadirse un párrafo de carácter general donde se establecieran, al igual que para el Presidente de la República, la edad mínima (35 años) y la máxima (60 años) para ocupar por vez primera todos los cargos electivos del Estado que la Constitución recoge en este Título y en el Título VIII, así como que se limite explícitamente el desempeño de esos cargos a dos periodos consecutivos, tal como se acordó en la Primera Conferencia Nacional del PCC, por motivos que huelga repetir aquí.Si no resulta conveniente expresarlo de manera general en este capítulo, sugiero que se añada en los párrafos correspondientes a cada uno de esos cargos.
  • Modificar párr. 307 y 308, eliminando en ellos la subordinada que contradigan la Constitución o las leyes, o añadiendo otras causas posibles para la revocación. Si se queda como está, la Asamblea Nacional del Poder Popular solo puede ejercer la facultad de revocación en tanto órgano garante de la constitucionalidad, pero se le suprime la posibilidad de ser más proactiva y revocar decretos-leyes o acuerdos del Consejo de Estado y decretos presidenciales que, aunque respetuosos de la Constitución y las leyes, carezcan de racionalidad, viabilidad, oportunidad, pertinencia, etc.
  • Modificar párr. 342, aumentando la cantidad de periodos ordinarios de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Dos veces es muy poco para las necesidades de legislar que tiene este órgano, razón por la cual la cantidad de leyesque desde 1976 hasta la fecha ha promulgado la Asamblea Nacional es excesivamente menorrespecto de la cantidad de decretos-leyes refrendados por el Consejo de Estado en igual lapso. Taldesbalance obra en detrimento de la capacidad y potestad legislativa de laAsamblea Nacional. Eso debe cambiar.
  • Modificar párr. 371, añadiendo la palabra revocación u otra sinónima. Aunque en el párr. 307 se declara explícitamente la facultad que tiene la Asamblea Nacional del Poder Popular para revocar los decretos-leyes y acuerdos del Consejo de Estado, en el párr. 371 no resulta clara esa posibilidad. Quedaría así: “Los decretos-leyes y acuerdos que adopte el Consejo de Estado se someten a la ratificación o revocaciónde la Asamblea Nacional del Poder Popular en la sesión más próxima”.
  • Modificar párr. 382, eliminando la subordinada que contradigan la Constitución o las leyes, o añadiendo otras causas posibles para la revocación. Si se queda como está, el Consejo de Estado solo puede ejercer la facultad de revocación en tanto órgano garante de la constitucionalidad, pero se le suprime la posibilidad de ser más proactivo y revocar decretos presidenciales, decretos, acuerdos y demás disposiciones que, aunque respetuosos de la Constitución y las leyes, carezcan de racionalidad, viabilidad, oportunidad, pertinencia, etc.

Título VIII. Órganos locales del Poder Popular 

  • Modificar párr. 619. Elpresidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular debería ser electo por el pueblo, y dejar los cargos de vicepresidente y secretario para la elección de la Asamblea, aunque sin la mediación de la Comisión de Candidatura, como se hace hasta ahora; es decir, que sean los propios delegados presentes en la Asamblea quienes propongan los candidatos a vicepresidente y secretario y que luego se sometan a votación. De igual modo pudiera hacerse con el cargo de presidente en caso de que se desestime la propuesta de su elección directa por el pueblo. Lo que sí debe desaparecer es la Comisión de Candidatura, porque es un ente intermedio que atenta contra el verdadero ejercicio democrático de la Asamblea. Como sabemos, aunque en el sistema actual los delegados tienen derecho a añadir candidatos a la propuesta de la Comisión de Candidatura, en la práctica eso no sucede o sucede solo formalmente.
  • Modificar párr. 667, añadiendo la posibilidad del plebiscito. Así: “convoca a consulta popular o plebiscitoasuntos de interés local en correspondencia con sus atribuciones”. El plebiscito, con carácter vinculante, le daría a la Asamblea Municipal del Poder Popular mayores oportunidades de propiciar la verdadera participación ciudadana en los asuntos de gobierno de la localidad. No hay que tener miedo de esto, sino todo lo contrario. Basta con reglamentarlo minuciosamente en las leyes y normas jurídicas que correspondan.
  • Modificar párr. 670. Propongo rescribirlo así: «vela porque se mantenga informada a la población sobre las decisiones de interés general que se adoptan por los órganos del Poder Popular». Lo sugiero porque la expresión un adecuado nivel de información puede resultar ambigua.

Título IX. Sistema electoral 

  • Modificar párr. 682, eliminando y un deber. Quedaría: “El voto es un derecho ciudadano. Lo ejercen voluntariamente…”. Sugiero este cambio porque en el caso de que un elector no tenga intención de voto por ninguno de los candidatos a delegados de su circunscripción, es su derecho no asistir a las urnas. Sin embargo, si decide ejercer su derecho de no votar, estaría incumpliendo el deber de votar. De hecho, en el Título IV, Capítulo IV, Derechos y Deberes Cívicos y Políticos, párr. 246 y 250, la participación en «elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática» se contempla como un derecho, no como un deber.
  • Modificar párr. 688, sustituyendo dieciocho por veinticinco. Quedaría: «Si la elección es para diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular deben, además, ser mayores de veinticinco años». Propongo esto porque no considero que una persona menor de veinticinco años tenga la suficiente madurez intelectual ni la suficiente experiencia vital como para encarar satisfactoriamente las responsabilidadespropias de un diputado.
  • ¿El proyecto de la nueva Ley Electoral se someterá a consulta popular, al igual que este de la Constitución?Porque opino que para que los Órganos del Poder Popular acaben de dar el salto cualitativo que se espera de ellos, en cuanto a que consigan la verdadera participación ciudadana en los asuntos públicos de la localidad y el país, debe cambiarse el modo en que se nominan los diputados a la Asamblea Nacional, y el estatus tanto de delegados como de diputados.

Los candidatos a diputados deben nominarse en asambleas populares —al igual que se hace con los delegados—, y que luego se sometan a elección. Los llamados «diputados de proyección nacional»del sistema actual (así se les llama en la prensa y en las asambleas) no representan los intereses de la localidad en el Parlamento. Sucede con frecuencia que los electores ni siquiera los conocen, o porque no son verdaderos líderes locales, o porque ni siquiera nacieron ni viven en el lugar. Y los ministros o presidentes de instituciones de carácter nacional o provincial no tienen por qué ser diputados, ni los máximos representantes de las organizaciones políticas y de masas, salvo que por su verdadera interacción con la comunidad de electores, estos los nominen y elijan. Esta última Asamblea Nacional ni siquiera cuenta con el 50 % de delegados de base, y eso es perjudicial para el principio democrático de la representación.

Considero, además, que tanto a delegados como a diputados debe liberárseles totalmente de sus responsabilidades laborales durante el periodo que ejerzan, pagándoles el mismo salario que devengaban antes de asumir el cargo o asignándoles un salario que se determine a tales efectos. Solo si delegados y diputados pueden dedicarse a tiempo completo a las responsabilidades inherentes a sus cargos estaremos dando un paso de avance respecto del funcionamiento del Poder Popular.

DONALD TRUMP: EL ARTE DE MENTIR, AL PEOR ESTILO DE HOLLYWOOD.

Por: ROLANDO PÉREZ BETANCOURT
La mentira política no requiere de la mano del arte para trascender, por cuanto ella misma supera con creces las transposiciones creativas. Para los estudiosos de la política norteamericana, las falsedades y exageraciones de Donald Trump no tienen comparación en los anales presidenciales de ese país
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Miente el gobierno de Trump al acusar a Cuba de ser responsable de ataques acústicos. Foto: http://www.lavanguardia.com

«Hay que tener buena memoria después de haber mentido».

La frase corresponde a Pierre Corneille (1606-1684), poeta y dramaturgo francés, autor de una de las mejores comedias de todos los tiempos, El mentiroso, con un personaje, Dorante, perteneciente a la vasta galería de charlatanes imaginativos  que van por la vida tratando de obtener lo que quieren a base de imaginación y engaño.

La mentira y el mentiroso se reiteran en la literatura y el arte, desde un principio asociándose al enredo amoroso y a las ansias de poder y gloria.

Ya en Las nubes (423 a.n.e) Aristófanes hace coincidir la mentira con la artimaña encaminada a obtener un propósito. En La Divina comedia (terminada hacia 1321) la mentira dejará de ser un concepto general para adquirir una significación de corte antropológico: «el ser mentiroso», que Dante situará en el octavo círculo del Infierno, junto a políticos corruptos, hipócritas, ladrones y fraudulentos de toda laya.

La disputa medieval metafísica entre la verdad y la mentira cobrará cuerpo teórico  en las figuras de Dios y el Diablo, este último considerado padre por excelencia de la falsedad y el engaño (recordar al presidente Chávez cuando en aquella intervención suya en la onu, después  de hablar un W. Bush desordenado en falacias, dijo, con magnífica ironía, que el lugar olía a azufre).

Un Diablo siempre dispuesto a mentir y a participar en el juego de la seducción mediante la trampa, y que alcanzará estatura de clásico en el Mefistófeles creado por Goethe en su Fausto.

El mentiroso ha sido plato fuerte de estudiosos y creadores, por cuanto en manos de ellos el concepto universal de la verdad se hace añicos ante un pragmatismo regido por el egoísmo y los fines más aviesos.

La mentira política no requiere de la mano del arte para trascender –aunque haya sucedido–, por cuanto ella misma supera con creces las transposiciones creativas que, a partir de la realidad, han hecho grandes artistas, algunos de ellos aquí citados.
Pero en ese terreno, como dijera el maestro Corneille, también «hay que tener buena memoria después de haber mentido».

Lo saben los estudiosos de la política norteamericana, para quienes las falsedades y exageraciones de Donald Trump no tienen comparación en los anales presidenciales de ese país, donde no ha faltado el «ser mentiroso» remitido por Dante al octavo círculo del Infierno.

Libros, compilaciones y artículos miles  se han escrito acerca de las mentiras del presidente formado histriónicamente bajo las premisas del reality show,   pero bastaría citar estas ligeras joyas soltadas sin inmutación alguna: «Obama nació en Kenia», «se rompió el récord de asistencia  en mi toma de posesión» (teniendo fotos comparativas en las manos que lo negaban), «acabo de hablar con el jefe de los Boy Scouts» (llamada que no tuvo lugar) y «Meryl Streep es una de las actrices más sobrevaloradas de Hollywood».

Hace unos  meses, Sheryl Gay Stolberg escribió un artículo titulado «Todos mienten, pero Trump es un experto», en el que aseguraba que desde «hace más de 40 años, los presidentes de Estados Unidos han mentido en aspectos importantes de sus gobiernos y han logrado salir impunes; sin embargo, con la era Trump se ha llegado a un nuevo nivel y solo el 20 % de las afirmaciones del mandatario son ciertas». 

Ya Politifact, un proyecto del Tampa Bay Times dedicado a verificar datos, había asegurado que solo el 20 % de las declaraciones de Trump por ellos revisadas eran ciertas, mientras un total de 69 % «son mayoritariamente falsas, falsas, o de plano pertenecen a la categoría de mentiras burdas».

Mintió el presidente James Knox Polk al argumentar las razones de la guerra con México en 1846: «Mueren allí estadounidenses», dijo dramáticamente, cuando la verdad era que los esclavistas querían anexarse «por las malas» la mitad del país.

Mintió McKinley en 1899 en lo referente a la participación de su país en las guerras que sostenían cubanos y filipinos en sus respectivos países contra la dominación española. Libertad era la palabra utilizada por la tropa estadounidense, la verdad es hoy tan objetiva que no hace falta extenderse.

Mintió el presidente Wilson al justificar la participación de Estados Unidos en la primera Guerra Mundial. «Es para llevar la democracia», dijo, cuando no pocos sabían que aquello era una piñata sangrienta en beneficio de la repartición imperial.

Mintió Truman al afirmar que Hiroshima era un objetivo militar y por lo tanto merecía una bomba atómica.

Mintieron Kennedy, Johnson, y Nixon en relación con no pocas interioridades  exterminadoras vinculadas a la invasión a Vietnam del Sur, «para que no cayera en manos del comunismo».

Mintió Reagan al justificar su agresión a Granada, por constituir  una amenaza a la paz de Estados Unidos, y Bush padre, al intervenir en Panamá (con miles de muertos por parte de la  población) y más tarde en Irak, en 1991, tan rico el país en petróleo –verdadera causa de las pesadillas «humanitarias» que llegó a confesar el mandatario–. Mintió también su hijo, con el cuento de las armas de destrucción masiva, una segunda injerencia bélica a ese país  de la  que todavía no se sabe a cabalidad la cantidad de víctimas y daños que dejó.

Rápida relación de mentiras presidenciales –hay muchas más–relacionadas con invasiones de Estados Unidos a objetivos que le interesaban y que  traigo a colación después de que los supuestos  ataques sónicos a objetivos estadounidenses en Cuba  –sin  sustentación, hechos trizas por especialistas de medio mundo– se convirtieran, de la noche a la mañana, en ataques de microondas, quizá como antesala de que mañana se transformen en una  conspiración de índole interplanetaria  dirigida –¡ay Hollywood!, ¡ay guionistas de Washington!–  por los insistentes  cubanos.

Guantánamo: Enriquecerán la Reforma Constitucional cubana involucrados en el sistema educacional

 

Tomado del blog: El joven cubano

Guantánamo, 13 sep (RHC) El proceso de debate popular del Proyecto de Reforma Constitucional tendrá lugar también en las 766 escuelas de la enseñanza general en la provincia de Guantánamo y las sedes de la Educación Superior.

Desde el inicio del actual curso escolar se dio a conocer el cronograma de dichas asambleas, en las que junto a los pedagogos los alumnos mayores de 16 años podrán emitir criterios y exponer sus dudas sobre la nueva Constitución, y los docentes tienen la responsabilidad de participar con suficientes argumentos a la hora de esclarecer.

En el caso de la educación general concurrirán todos los trabajadores, y los estudiantes de la enseñanza preuniversitaria, técnica y para adultos, y hasta la fecha se han efectuado más de 40 reuniones en igual número de planteles, fundamentalmente con maestros de la instrucción primaria, dijo a la ACN Yorkys Rodríguez, comunicadora del ramo en la provincia.

Mientras en la Universidad de Guantánamo -una de las más destacadas del país-, el claustro y los trabajadores de las áreas administrativas de apoyo a la docencia se alistan para, en unos días, iniciar los debates en las facultades, y en octubre arrancará entonces el cronograma con los estudiantes, apuntó Margarita Viel, jefa del Departamento de Comunicación del centro.

Desde el acto de apertura del actual curso –dijo- en la guantanamera Casa de Altos Estudios se llamó a la participación activa y consciente en la discusión del documento constitucional del país, y el consejo de dirección docente ha hecho énfasis en la preparación del claustro para contribuir a aclarar cualquier duda de los educandos y llevarlos a un nivel de análisis superior.

Yanileixi Claro, ideológica de la Federación Estudiantil Universitaria del plantel, subrayó que con tiempo se han dispuesto las condiciones para que los más de nueve mil estudiantes del centro ejerzan, desde sus facultades y con calidad, su democrático derecho de aportar al análisis y enriquecimiento de la Carta Magna, que luego de ser aprobada en referendo, regirá el futuro de la nación.

Acorde con las inquietudes que ya afloran en los pasillos de dicha “casa de ciencia y progreso”, la dirigente estudiantil citó, entre posibles temas a debatir, los artículos relacionados con la enseñanza, la ciudadanía, la estructura de las asambleas del Poder Popular, la propiedad privada y los derechos, deberes y garantías de los ciudadanos, entre otros.

Para este trascendental proceso que garantizará el futuro del socialismo en la nación y la prosperidad personal y colectiva de los cubanos, los estudiantes podrán hacer uso de multimedia y aplicaciones móviles desarrolladas por Cinesoft, entre otras herramientas que permitirán una mejor interiorización de los 224 artículos recogidos en el texto constitucional.

Hasta el 15 de noviembre se debatirá en Cuba el Proyecto de Constitución, y en la provincia de Guantánamo están previstas más de seis mil reuniones de consulta popular, en centros de trabajo y estudio, comunidades, áreas de nominación electoral y unidades militares.

Tomado de Radio Habana Cuba